
México se ha consolidado como un destino predilecto para jubilados de todo el mundo, y no es difícil entender por qué: su clima agradable, cultura vibrante, costo de vida accesible y la calidez de su gente son solo algunos de los atractivos. Si usted está considerando hacer de México su hogar permanente durante sus años dorados, esta guía completa está diseñada para iluminar su camino. Exploraremos qué implica la residencia permanente, sus ventajas significativas, las distintas vías para obtenerla y, sobre todo, la importancia de una planificación informada para su jubilación. Con la información correcta, el proceso de obtener su residencia permanente en México como jubilado puede ser una transición fluida hacia una nueva y emocionante etapa de su vida. Acompáñenos a desglosar cada paso hacia su legal estancia en el país.
Para aquellos que sueñan con una jubilación bajo el sol mexicano, es fundamental comprender las rutas disponibles y los criterios que se deben cumplir. Esta sección se adentra en las dos principales vías para que los jubilados obtengan la residencia permanente en México, poniendo especial atención en cómo las autoridades mexicanas definen a un «jubilado o pensionado». Profundizaremos en los requisitos visa residente permanente México jubilados y la condición necesaria.
Este es el camino más común y directo para quienes buscan la residencia permanente. El solicitante debe demostrar formalmente su condición: que eres pensionado o jubilado. Un aspecto fundamental es que los ingresos por jubilación o pensión deben originarse en el extranjero; pueden provenir de un gobierno, un organismo internacional o una empresa particular por servicios prestados fuera de México. Las autoridades de migración mexicanas, como el Instituto Nacional de Migración (INM), utilizan consistentemente la terminología «jubilado o pensionado», lo que subraya una categoría reconocida con criterios específicos. Generalmente, las pensiones de fuente mexicana no califican para la solicitud inicial bajo este rubro.
Se debe acreditar la percepción de ingresos suficientes y regulares del exterior para sostener la estancia en México. Aunque los montos específicos se detallarán más adelante, la constancia y el origen extranjero de estos fondos son primordiales. Este estatus está diseñado para personas que ya han concluido su vida laboral activa y reciben beneficios económicos por ello, permitiéndoles vivir en México sin necesidad de generar ingresos localmente. Conocer la Ley de Migración vigente es útil para entender el marco legal. Los beneficios de la residencia permanente en México son considerables, incluyendo la posibilidad de trabajar si así se desea, asegurando una permanencia estable.
Si usted ya ha vivido en México como Residente Temporal durante cuatro años consecutivos e ininterrumpidos, tiene la opción de solicitar un cambio de condición a Residente Permanente. Esta vía no es exclusiva para jubilados, pero representa una alternativa viable para quienes han establecido una vida en el país y buscan la residencia definitiva. Esta opción puede ser particularmente útil si inicialmente no cumplía con los requisitos financieros directos para la residencia permanente como jubilado, o si prefirió experimentar la vida en México con una residencia temporal antes de asumir un compromiso a más largo plazo.
El proceso para modificar su estatus migratorio sin salir del país implica demostrar la continuidad de la residencia temporal durante el periodo requerido. Además, se deben cumplir con los demás requisitos administrativos para el cambio de condición, que se tramita directamente ante el Instituto Nacional de Migración (INM). Es fundamental que la residencia temporal haya estado vigente y sin interrupciones durante todo el periodo de cuatro años. Cualquier lapso o irregularidad podría afectar la elegibilidad para esta vía, por lo que la constancia es clave.
Entender dónde y cómo iniciar su solicitud de residencia permanente como jubilado es un paso determinante. A continuación, detallaremos los dos escenarios principales: comenzar el trámite en un consulado mexicano en su país de origen o, si ya es residente temporal en México, realizar un cambio de condición directamente ante el INM. Cada ruta tiene sus particularidades y requisitos específicos para asegurar un proceso migratorio conforme a la ley.
Esta es la ruta estándar para quienes se encuentran fuera de México y desean obtener la residencia permanente. La solicitud se presenta en la Embajada o Consulado de México más cercano a su lugar de residencia, un trámite gestionado por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE). Puede consultar el directorio de consulados mexicanos para localizar el más conveniente. El proceso de solicitud en un consulado generalmente incluye agendar una cita, a menudo a través del sistema MiConsulado.
Deberá completar el formulario oficial de «Solicitud de Visa», reunir toda la documentación necesaria (incluyendo su pasaporte vigente, pruebas de jubilación, solvencia económica para jubilados, etc.), y asistir a una entrevista consular. Si la solicitud es aprobada, se le otorgará una visa de Residente Permanente adherida a su pasaporte. Esta visa es válida para una sola entrada y por 180 días para ingresar a México. Una vez en territorio mexicano, deberá canjear esta visa por una Tarjeta de Residente Permanente ante el INM en un plazo de 30 días. Es vital verificar los requisitos visa de residencia permanente SRE específicos del consulado donde aplicará.
Esta opción es para quienes ya residen legalmente en México con una Tarjeta de Residente Temporal y cumplen los supuestos para la Residencia Permanente. Esto puede ser por haber completado cuatro años de residencia temporal o por cumplir ahora los requisitos financieros visa México como jubilado. El trámite para cambiar el estatus migratorio dentro de México se realiza directamente en la oficina del Instituto Nacional de Migración (INM) correspondiente a su domicilio.
Deberá completar el «Formato para solicitar trámite migratorio de estancia» electrónicamente, imprimirlo y firmarlo, además del «Formato Básico». Se presentará esta documentación junto con su tarjeta de residente temporal vigente, pruebas de solvencia (si aplica por jubilación) y el comprobante del pago de derechos migratorios. El INM, parte del gobierno de México en materia de migración, tiene un plazo legal de hasta 20 días hábiles para emitir una resolución. Es importante iniciar este trámite antes del vencimiento de su tarjeta de residente temporal, conforme al Reglamento de la Ley de Migración.
Un pilar del proceso para obtener la residencia permanente como jubilado en México es demostrar que cuenta con los recursos financieros suficientes para vivir en el país sin necesidad de trabajar. Esta sección desglosa los umbrales de solvencia económica, tanto para trámites realizados directamente ante el INM (cambio de condición) como para aquellos iniciados en consulados mexicanos (SRE), así como la documentación necesaria para acreditarlo.
Para quienes buscan el cambio de condición a residente permanente como jubilados ante el INM, es necesario acreditar ingresos mensuales por pensión o jubilación provenientes del exterior. Estos ingresos deben ser equivalentes a 500 días de UMA (Unidad de Medida y Actualización) durante los últimos seis meses. Considerando el valor actual de la UMA, para el año 2025, esto se traduce en aproximadamente $56,570 MXN mensuales. Cumplir con estos requisitos es fundamental.
Alternativamente, se puede demostrar un saldo promedio mensual en inversiones o cuentas bancarias. Dicho saldo debe ser equivalente a 25,000 días de UMA durante los últimos doce meses. Para 2025, esto representa un saldo promedio aproximado de $2,828,500 MXN. Es fundamental que estos fondos provengan del extranjero y que la documentación, como estados de cuenta bancarios últimos 6 meses o últimos 12 meses y cartas de pensión, sea clara y verificable. El INM utiliza la UMA como referencia estándar para estos cálculos. Los montos se actualizan anualmente. Aunque el proceso de demostrando solvencia económica puede parecer complejo, la claridad documental es su mejor aliada.
Los consulados mexicanos (SRE) en el extranjero pueden presentar variaciones en los montos de solvencia económica requeridos y en la moneda de referencia (USD, CAD, etc.). A menudo, sus requisitos se basan en el salario mínimo general vigente (SMGV) o en adaptaciones locales, aunque la UMA es el estándar legal en México. Por ejemplo, para conocer los requisitos de solvencia económica consulado Montreal, es necesario consultar su sitio web, donde podrían requerir un saldo de inversión de aproximadamente $410,685 CAD o ingresos por pensión de unos $10,672 CAD mensuales (estas cifras son referenciales y deben verificarse).
De manera similar, la información solvencia económica consulado Houston podría indicar una necesidad de aproximadamente $367,650 USD en inversiones o $7,350 USD de pensión mensual. Los lineamientos generales de la SRE a veces mencionan 20,000 días de SMGV/UMA para inversiones (aproximadamente $2,262,800 MXN en 2025) o 500 días de SMGV/UMA mensuales para pensión (cerca de $56,570 MXN en 2025). Esta variabilidad subraya la importancia crítica de contactar al consulado específico para obtener las cifras exactas y actualizadas. Conocer los requisitos de visa en consulados mexicanos es el primer paso para su solicitud.
Para demostrar la solvencia económica, se aceptan originales y copias de estados de cuenta bancarios (de los últimos 6 o 12 meses, según el requisito específico del trámite). Algunos consulados exigen que los estados de cuenta obtenidos digitalmente sean sellados por la institución bancaria para validar su autenticidad. También son válidos los originales y copias de estados de cuenta de inversiones que muestren saldos promedio o movimientos financieros consistentes con los umbrales requeridos.
Las cartas oficiales de la Seguridad Social o de la institución que emite la pensión son fundamentales; una carta de pensión certificada es un documento clave. Estas cartas deben confirmar los pagos mensuales y usualmente se acompañan de los estados de cuenta bancarios donde se reflejan los depósitos de dicha pensión. Es importante que todos los documentos financieros estén a nombre del solicitante principal y sean consistentes. Si los documentos están en un idioma diferente al español, generalmente requerirán traducción oficial. Para una referencia consular específica, puede consultar los requisitos para jubilados consulado New Brunswick.
La preparación meticulosa de sus documentos es un paso vital para un proceso de solicitud exitoso. A continuación, le ofrecemos una lista detallada de los papeles que necesitará, tanto para el proceso consular ante la SRE como para el trámite de cambio de condición ante el INM. También abordaremos la importante validación de documentos extranjeros, como la apostilla y la traducción, un requisito común.
Necesitará su pasaporte original y una copia; este debe estar vigente y con suficiente validez restante según los criterios de la autoridad migratoria. Un requisito es presentar el original y copia simple del pasaporte vigente. Se requieren fotografías recientes, tamaño pasaporte o visa (por ejemplo, 3.9cm x 3.1cm), a color, con fondo blanco, rostro descubierto y sin anteojos; las especificaciones exactas pueden variar ligeramente entre consulados o para el INM.
El formato de solicitud de visa debidamente llenado es para el proceso consular (SRE), y usualmente está disponible en el sitio web del consulado correspondiente. Para trámites ante el INM, como el cambio de condición, se utiliza el «Formato para solicitar trámite migratorio de estancia», que se llena en línea, se imprime y se firma, además del formato básico de información INM con datos personales. No olvide el comprobante de pago de derechos correspondiente al trámite. Contar con los formularios oficiales para trámites migratorios correctos es esencial.
Además de los documentos generales, los jubilados deben presentar pruebas de ingresos por pensión o inversiones, tal como se detalló en la sección de solvencia económica. Esto incluye cartas de la entidad pagadora de la pensión, que deben ser claras y oficiales, y los comprobantes de jubilación/pensión en forma de estados de cuenta bancarios o de inversión que reflejen la recepción de estos fondos. Estos son requisitos clave.
Algunos consulados pueden requerir una prueba de jubilación oficial si el solicitante es menor de cierta edad (por ejemplo, 62 años), para confirmar que efectivamente ya no está laboralmente activo y que los ingresos corresponden a una pensión o jubilación. Es fundamental que estos documentos demuestren claramente que los ingresos provienen del extranjero y son regulares y suficientes para cumplir con los umbrales establecidos. La consistencia en los nombres y la claridad de la información son clave. Puede consultar el trámite de visa para jubilados en el catálogo nacional para más detalles sobre esta condición.
Documentos públicos emitidos fuera de México, como actas de nacimiento, acta de matrimonio (si aplica para dependientes), o cartas de pensión de entidades gubernamentales o privadas (si el consulado lo requiere específicamente), generalmente deben ser apostillados si su país de origen es miembro de la Convención de La Haya. Si su país no es miembro, los documentos requerirán legalización por el consulado mexicano en el país de emisión. Puede encontrar información sobre apostilla de documentos en el sitio de la SEGOB.
La apostilla o legalización certifica la autenticidad de la firma y/o sello del funcionario que emitió el documento. Este proceso se realiza en el país de origen del documento. Los documentos que no estén en español usualmente requieren una traducción oficial al español realizada por un perito traductor certificado en México. Algunos consulados pueden tener flexibilidad con traducciones simples, pero es mejor confirmar. Estos procesos pueden tomar tiempo y tener costos asociados. Comprender cómo apostillar un acta de nacimiento mexicana puede dar una idea del concepto, aunque aquí se refiera a documentos extranjeros.
Conocer los costos involucrados es esencial para una planificación financiera adecuada al solicitar su residencia permanente en México. Esta sección cubre las tarifas consulares por la solicitud de visa y las tarifas del Instituto Nacional de Migración (INM) para el cambio de condición y la expedición de la tarjeta de residencia, ofreciendo estimaciones para el año 2025.
El costo de la solicitud de Visa de Residente Permanente en un consulado mexicano generalmente oscila entre $51 USD y $54 USD. Esta tarifa puede variar ligeramente entre diferentes consulados y está sujeta a cambios anuales. El pago se realiza habitualmente en la moneda local del país donde se ubica el consulado o la embajada, o en dólares estadounidenses, según las instrucciones específicas que cada oficina consular proporcione.
Es importante destacar que esta tarifa cubre el procesamiento de la solicitud de visa y no es reembolsable, incluso si la visa es denegada. Por ello, es fundamental asegurarse de cumplir con todos los requisitos antes de presentar la solicitud. Siempre verifique el monto exacto y las formas de pago aceptadas directamente con el consulado donde realizará su trámite antes de su cita. Una referencia sobre el costo de la visa de residente permanente puede encontrarse en diversas fuentes informativas. Es una buena práctica pagar las tarifas exactas en bancos autorizados o según indique el consulado.
Para el cambio de condición de Residente Temporal a Residente Permanente realizado directamente ante el Instituto Nacional de Migración (INM) en México, la tarifa por recepción, estudio y, en su caso, autorización de la solicitud es de $1,780.00 MXN (tarifa estimada para 2025). Adicionalmente, la expedición de la Tarjeta de Residente Permanente (DRP), ya sea por canje de una visa obtenida en consulado o por una resolución positiva de cambio de condición, tiene un costo de $6,789.00 MXN (tarifa estimada para 2025).
Estos pagos se realizan en pesos mexicanos. Comúnmente, se utiliza una «hoja de ayuda para el pago de derechos» que se genera en línea a través del portal del INM y se liquida en bancos autorizados dentro de México. Es fundamental verificar los montos vigentes al momento de realizar el trámite, ya que las tarifas del INM se actualizan anualmente. Puede consultar información sobre el pago de derechos migratorios INM. Los costos asociados al canje de visa también incluyen esta tarifa de expedición de tarjeta de residencia.
Además de las tarifas oficiales consulares y del INM, debe presupuestar para la apostilla o legalización de documentos extranjeros, los cuales tienen sus propios costos en el país de origen del documento. Las traducciones oficiales al español, realizadas por peritos traductores certificados en México, también representan un gasto adicional; el costo varía según el traductor y la extensión de los documentos a traducir. Este es un requisito que puede sumar al costo total.
Considere también los gastos de viaje al consulado o a las oficinas del INM, así como el costo de la toma de fotografías que cumplan con los requisitos específicos. Si decide contratar un abogado de inmigración o un consultor migratorio para que le asista en el proceso, sus honorarios también formarán parte de los costos totales.
México valora la unidad familiar y facilita que los residentes permanentes puedan vivir con sus seres queridos. Esta sección explica cómo sus dependientes directos, como cónyuge e hijos, pueden obtener la residencia junto con usted. Se abordarán los requisitos de elegibilidad por unidad familiar y la posible necesidad de demostrar solvencia económica adicional para cada dependiente, asegurando su legal estancia.
Los jubilados que obtienen la residencia permanente en México pueden, por lo general, extender este beneficio a su cónyuge, para lo cual se requerirá el acta de matrimonio. También aplica para la concubina o concubinario, demostrando la unión de hecho según la legislación aplicable. Los hijos menores de 18 años que no estén casados ni en concubinato también son elegibles para la residencia por unidad familiar.
Incluso los hijos mayores de 18 años pueden ser considerados si se encuentran en estado de interdicción (una incapacidad legalmente declarada) y están bajo la representación legal del solicitante principal. Además, los padres del solicitante principal jubilado pueden ser considerados para la residencia por este mismo vínculo. La visa por unidad familiar es el instrumento para estos casos. El concepto de matrimonio con un ciudadano mexicano y residencia ilustra la importancia del vínculo familiar en la ley de migración.
El trámite para los dependientes a menudo puede realizarse simultáneamente con la solicitud del jubilado principal, especialmente si el proceso se inicia en un consulado mexicano en el extranjero. Cada dependiente debe presentar una solicitud individual, cumpliendo con los requisitos generales. Si el jubilado ya es residente permanente en México, puede iniciar la autorización de visa para sus familiares ante el INM en México. Alternativamente, los dependientes pueden solicitar la visa directamente en un consulado, presentando la tarjeta de residencia del patrocinador.
Se requerirán documentos que prueben el vínculo familiar, como actas de matrimonio para el cónyuge y actas de nacimiento para hijos y padres. Estos documentos, si son extranjeros, deben estar debidamente apostillados o legalizados y traducidos al español. Cada dependiente deberá cumplir con los requisitos generales como pasaporte vigente, fotografías y el pago de la tarifa de solicitud de visa correspondiente. Los lineamientos para expedición de visas SRE ofrecen el marco normativo.
Generalmente, el patrocinador (el jubilado que ya es residente permanente o está en proceso de serlo) debe demostrar solvencia económica adicional para la manutención de cada dependiente. Este requisito suele ser el equivalente a 100 días de UMA mensuales de ingresos o como saldo promedio en cuentas bancarias por cada familiar. Para el año 2025, esto representa aproximadamente $11,314 MXN adicionales por dependiente al mes.
Existe una falta de claridad explícita en la normativa sobre si la alta solvencia demostrada por el jubilado principal (por ejemplo, los 500 días de UMA) ya cubre automáticamente a los dependientes en una solicitud simultánea, o si aun así se debe probar el extra de 100 días por cada uno. La aproximación más prudente es estar preparado para demostrar esta solvencia adicional. Es imperativo verificar este punto directamente con el consulado mexicano específico donde se realizará la solicitud conjunta. El trámite de visa por unidad familiar ante el INM puede ofrecer más detalles.
Una vez que su solicitud de residencia permanente ha sido aprobada, el paso final y tangible es la obtención de su Tarjeta de Residente Permanente (TRP), también conocida como tarjeta de residencia. Este documento es su identificación oficial como residente en México. A continuación, explicamos el proceso de canje de la visa (si aplicó desde el extranjero), la vigencia de esta tarjeta de residencia y la importancia de notificar cambios al INM.
Si usted ingresó a México con una visa de residente permanente emitida por un consulado mexicano, tiene un plazo de 30 días naturales contados a partir de su fecha de entrada al país para acudir a una oficina del Instituto Nacional de Migración (INM). Allí deberá solicitar el «canje» de esa visa por su Tarjeta de Residente Permanente. Este trámite es conocido formalmente como expedición de documento migratorio por canje.
Este proceso implica presentar el «Formato para solicitar trámite migratorio de estancia», el «Formato Básico», fotografías recientes con las especificaciones del INM, su pasaporte original con la visa adherida, y el comprobante de pago de la tarifa correspondiente por la expedición de la tarjeta de residencia. Es un paso crucial para formalizar su estatus y obtener la tarjeta de residente inicial. No cumplir con este plazo de 30 días puede generar complicaciones y posibles sanciones administrativas.
Para los adultos, la Tarjeta de Residente Permanente tiene, en general, una vigencia indefinida. Esto significa que el estatus migratorio conforme como residente permanente no caduca y la tarjeta de residencia en sí no requiere renovaciones periódicas para mantener dicho estatus. Esta es una de las grandes diferencias en la vigencia de la residencia temporal y la permanente, asegurando su permanencia a largo plazo.
La situación es diferente para los menores de edad. Los menores de 3 años deben renovar su tarjeta de residencia permanente anualmente. Desde los 3 años hasta que alcanzan la mayoría de edad (18 años), la renovación de su tarjeta de residencia es cada cuatro años. Para los adultos, la «renovación» de la tarjeta de residencia usualmente solo aplica en casos de reemplazo por pérdida, robo, deterioro significativo, o si hay un cambio sustancial en los datos biométricos que requiera la emisión de una nueva tarjeta de residencia. El costo de la renovación de documento migratorio INM o reposición es de $6,789.00 MXN (tarifa estimada para 2025).
Como residente permanente en México, usted tiene la obligación legal de notificar al Instituto Nacional de Migración (INM) cualquier cambio en su información personal o situación que haya sido registrada. Esto incluye cambios de estado civil (matrimonio, divorcio), nombre, nacionalidad, o un nuevo domicilio. Si decide trabajar, también debe notificar su lugar de trabajo. Puede consultar las preguntas frecuentes para notificar cambios al INM como residente. Estos son requisitos para mantener su legal estancia.
Esta notificación debe realizarse dentro de los 90 días naturales siguientes a que ocurra el cambio. El trámite de notificación de cambios al INM en sí es gratuito. Sin embargo, el incumplimiento de esta obligación legal de notificar al INM o realizarla de forma extemporánea puede acarrear sanciones económicas según lo estipulado en la Ley de Migración. Mantener su información actualizada es crucial.
Ser residente permanente en México le abre un abanico de derechos y beneficios, pero también conlleva responsabilidades que debe conocer. En esta sección, exploraremos desde el permiso de trabajo y las obligaciones fiscales hasta consejos prácticos sobre el costo de vida, servicios bancarios y acceso a la salud, para que su adaptación al territorio mexicano sea lo más informada y fluida posible.
El derecho principal que adquiere es el de residir en México indefinidamente, además de poder entrar y salir del país libremente. Una de las ventajas de la residencia permanente mexicana es que generalmente se tiene derecho a trabajar y realizar actividades remuneradas sin necesidad de un permiso adicional, a diferencia de algunas condiciones de estancia temporal. Esto es importante incluso si obtuvo la residencia por jubilación, ya que le da flexibilidad.
Obtendrá la Clave Única de Registro de Población (CURP), un identificador esencial para múltiples trámites en México. Su Tarjeta de Residente Permanente (TRP) es una identificación oficial válida en todo el territorio mexicano. Además, los residentes permanentes mayores de 60 años pueden ser elegibles para la tarjeta INAPAM, la cual ofrece descuentos en diversos servicios y productos. Conocer los beneficios tarjeta INAPAM para extranjeros puede ser de gran utilidad. Es importante conocer los derechos fundamentales de los migrantes en México.
Obtener la residencia permanente en México puede tener implicaciones fiscales significativas. Se le considerará residente fiscal en México si tiene su casa habitación en el país. También puede serlo si más del 50% de sus ingresos anuales provienen de fuentes de riqueza ubicadas en México, o si su centro principal de actividades profesionales está aquí. La definición de residencia fiscal en México es un concepto clave del Servicio de Administración Tributaria (SAT), una entidad del gobierno de México.
Los residentes fiscales en México están, en principio, sujetos al Impuesto Sobre la Renta (ISR) por sus ingresos mundiales, es decir, tanto los obtenidos en México como los del extranjero. Afortunadamente, México tiene tratados para evitar la doble tributación con muchos países. Estos tratados pueden modificar cómo se gravan ciertos ingresos, como las pensiones extranjeras. Es crucial buscar asesoría fiscal profesional para entender sus obligaciones específicas con el SAT y cómo aplicar correctamente los tratados fiscales para evitar pagos indebidos o incumplimientos.
El costo de vida en México es generalmente más bajo que en países como Estados Unidos, Canadá o muchas naciones europeas. Sin embargo, varía significativamente por región; las grandes ciudades y los destinos turísticos tienden a ser más caros. Es fundamental planificar su presupuesto considerando vivienda, alimentación, transporte y servicios.
Es posible para extranjeros, especialmente residentes permanentes con CURP, abrir cuenta bancaria en México para extranjeros. Bancos como Scotiabank, Banco Azteca, Citibanamex, Banorte, HSBC, Santander y BBVA ofrecen servicios a extranjeros. Usualmente requerirán su pasaporte, tarjeta de residencia y un comprobante de domicilio. La cuenta «Guardadito Amigo Migrante» de Banco Azteca es una opción diseñada para extranjeros. Investigar las opciones bancarias y los aspectos financieros clave para vivir en México en la región específica donde planea residir es recomendable.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrece un «Seguro de Salud para la Familia» mediante inscripción voluntaria. Las cuotas anuales varían por edad; por ejemplo, para personas de 60 a 69 años, la cuota para 2025 es de aproximadamente $19,800 MXN. Este seguro requiere no tener ciertas enfermedades preexistentes al momento de la inscripción y presentar documentos como la CURP, un requisito para acceder.
Por otro lado, IMSS-BIENESTAR es un programa federal que ofrece atención médica y medicamentos gratuitos a personas sin seguridad social. Los requisitos incluyen una identificación oficial (el pasaporte es aceptado) y la CURP. Aunque IMSS-BIENESTAR está dirigido principalmente a «mexicanos sin seguridad social», la aceptación de pasaporte como identificación sugiere una posible elegibilidad para residentes permanentes extranjeros que no cuenten con otra cobertura, pero esto debe confirmarse directamente con los servicios de IMSS-BIENESTAR. Muchos jubilados también optan por seguros médicos privados.
Los residentes permanentes tienen el derecho de importar su menaje de casa (enseres domésticos y personales) libre de impuestos al comercio exterior por una única vez. Para ello, se tramita una «Declaración Certificada de Menaje de Casa» en el consulado mexicano de su lugar de residencia antes de la mudanza. Este documento lista detalladamente los bienes a importar. La importación física de los bienes a México requiere la intervención de un agente aduanal. El costo del certificado para menaje de casa extranjeros es de $185 USD (tarifa 2024).
La importación de vehículos es un tema más complejo. Los residentes permanentes no suelen ser elegibles para los permisos de importación temporal que se otorgan a turistas. Para la importación definitiva de vehículos usados al territorio mexicano, se requiere un agente aduanal y cumplir con Normas Oficiales Mexicanas (NOMs) ambientales, restricciones de antigüedad y origen (Decreto T-MEC), además de pagar los impuestos correspondientes (IGI, IVA, ISAN, DTA). Es importante destacar que los vehículos no se incluyen en el menaje de casa.
Una vez que ha obtenido la residencia permanente, esta es, para adultos, de carácter indefinido. No obstante, es importante conocer ciertas consideraciones sobre ausencias prolongadas fuera de México y recordar la obligación continua de mantener su información personal actualizada ante el Instituto Nacional de Migración (INM) para asegurar la plena validez de su estatus y su permanencia legal.
La Ley de Migración de México no establece un tiempo máximo específico que un residente permanente adulto pueda estar fuera del país antes de perder automáticamente su estatus migratorio por simple ausencia. Las causales de cancelación de la residencia permanente, detalladas en el Artículo 64 de dicha ley, no incluyen directamente la ausencia prolongada como un motivo para adultos cuyo estatus ya es indefinido. A diferencia de otros sistemas, como el de EE.UU. donde existen guías sobre cómo mantener la residencia permanente en EE.UU. con reglas más numéricas sobre ausencias, el enfoque mexicano es menos prescriptivo en este punto para residentes permanentes.
Sin embargo, la residencia implica la intención de hacer de México su hogar principal. Ausencias muy largas, por ejemplo, varios años consecutivos sin regresar al país, podrían eventualmente llevar a cuestionamientos por parte de las autoridades migratorias sobre la intención real de residir en México. Esto es especialmente cierto si no se mantienen otros vínculos con el país, como propiedades, cuentas bancarias activas, o cumplimiento de notificaciones. Es una buena práctica no permanecer fuera por periodos excesivamente largos sin una justificación clara y mantener su tarjeta de residencia vigente. Para comprender su estatus migratorio en México y sus implicaciones, es bueno estar informado.
Obtener la residencia permanente como jubilado en México es un objetivo claro y alcanzable si se cuenta con la preparación adecuada. La solvencia económica y la correcta documentación son los pilares fundamentales de este proceso. A lo largo de esta guía, hemos desglosado los pasos y requisitos, pero es imperativo verificar siempre la información más actualizada sobre solvencia y documentos directamente con el consulado mexicano específico donde iniciará su trámite o con el INM si ya se encuentra en México. Las normativas y los montos pueden tener variaciones y actualizaciones.
Una vez obtenida la residencia, disfrutará de derechos significativos, como la posibilidad de residir indefinidamente en el país e incluso trabajar si así lo desea. No obstante, también adquirirá obligaciones, como notificar cualquier cambio relevante al INM y cumplir con las leyes fiscales mexicanas. Considerar la asesoría profesional de abogados migratorios, asesores fiscales y agentes aduanales puede ser de gran valor para navegar los aspectos más complejos y asegurar una transición exitosa y en pleno cumplimiento de la ley para su permanencia en el territorio mexicano. México le ofrece una rica cultura, un costo de vida atractivo y una cálida bienvenida; una planificación cuidadosa le permitirá disfrutar plenamente de su jubilación.
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